sábado, 1 de junio de 2013

Nuevo Sistema de pago referenciado del IMSS (SIPARE)

El Instituto Mexicano del Seguro Social, interesado en la simplificación y modernización de sus procesos, pone a su alcance el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE) que funcionará a partir del 03 de Junio de 2013, con la finalidad de brindarle una herramienta que, mediante líneas de captura generadas desde el portal del Instituto le permita realizar los siguientes pagos:

1.     Aportaciones al IMSS de:

  • Cuotas mensuales.
  • Diferencias.
  • Autocorrecciones.
  • Cuotas derivadas de actos de fiscalización.

 2.     Aportaciones de cuotas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

 3.     Aportaciones de cuotas del INFONAVIT.



El Sistema de Pago Referenciado - SIPARE - es una nueva y moderna herramienta que le permitirá realizar el pago de sus obligaciones como patrón de una manera mucho más sencilla, rápida y segura. Podrá realizar el pago de sus aportaciones en las Instituciones Bancarias autorizadas, utilizando simplemente una Línea de Captura (LC) que vendrá incluida en la propuesta de pago; si está de acuerdo con la propuesta emitida por el Instituto, sólo deberá realizar su pago ya sea en ventanilla o a través de la banca en línea utilizando la Línea de Captura; en caso de no estar de acuerdo con la propuesta emitida por el Instituto, podrá acceder al portal de SIPARE a través de Internet, desde el portal del IMSS y generar su nueva LC utilizando el archivo de pago SUA con el que calculó sus aportaciones.

A partir de junio del 2013, las propuestas de pago contarán con cuatro áreas importantes de información:


  1. Datos Patronales
  1. Información general de la propuesta de pago
  1. Detalle de los importes calculados a pagar
  1. Referencia de pago (Línea de Captura)
Si deseas ver el informe completo da clic aqui: Anexo 1Anexo 2

Reforma a los Comprobantes Fiscales Digitales, en vigor a partir del 2014.

A partir de 2014, todos los contribuyentes que utilizan el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la emisión de sus facturas electrónicas.



A partir de 2014 los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos en el año, deberán utilizar el esquema de CFDI para la emisión de sus facturas electrónicas.

Todos los contribuyentes pueden adoptar la facturación electrónica, con independencia del nivel de ingresos que tengan.

Quienes tengan ingresos menores o iguales a 250 mil pesos, podrán seguir utilizando facturas en papel.

Para facturar electrónicamente solo se requiere la Firma Electrónica Avanzada, tramitar un certificado de sello digital  y utilizar el servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o bien, escoger entre cualquiera de los 66 Proveedores Autorizados de Certificación que podrá localizar en el Portal de Internet del SAT.

Desde 2005, el Servicio de Administración Tributaria ha ido transitando de manera gradual hacia este nuevo esquema. El proceso de simplificación ha eliminado la facturación en papel a través de un impresor autorizado, que estuvo vigente hasta 31 de diciembre de 2012 y ahora el Comprobante Fiscal Digital, actualmente vigente, queda eliminado el 31 de diciembre de 2013.

Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad y rapidez en la emisión de comprobantes, disminución de hasta un 85 por ciento en los costos, optimización de controles internos, mejora en los procesos tecnológicos y en la atención de servicio al cliente, reducción de errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento y un mayor control documental, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, y disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos, disminución del tiempo  de atención a las solicitudes de devolución, eliminación de la discrecionalidad en las áreas de pago al no haber intervención de personas, reducción de tiempos en la validación y captura de las facturas recibidas, eliminación de compulsas y, como receptor, se tienen mayores elementos para identificar comprobantes falsos.

viernes, 17 de mayo de 2013

Todos los contribuyentes pueden incorporarse al programa "Ponte al corriente" del SAT

Hace unos días la noticia que causó gran alboroto en todo México, derivada de la condonación que el SAT hizo a Televisa por 3 mmdp, el Servicio de Administración Tributaria, recalcó que el programa "Ponte al corriente", es una campaña general que se encuentra abierta a todos los contribuyentes.


Este programa se instrumentó en cumplimiento al mandato establecido en el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013. Cabe recordar que durante el análisis y aprobación del paquete fiscal para 2013, los Diputados y Senadores ordenaron al SAT su aplicación.



En tal sentido el pasado 19 de febrero, el SAT puso en marcha el programa atendiendo lo dispuesto en el citado artículo de la Ley de Ingresos, que instruye al organismo a emitir las Reglas para acceder al programa a más tardar el 31 de marzo pasado.

A través de este programa los deudores pueden acceder a la condonación total o parcial de adeudos fiscales causados antes del 1 de enero de 2007, derivados de contribuciones federales, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios, así como multas por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago cuya administración corresponda al SAT. Para adeudos de 2007 a 2012, también se ofrece la condonación de hasta el 100 por ciento pero solo de los accesorios y solo tratándose de ciertas contribuciones.

El SAT siempre respetuoso del mandato del poder legislativo y al ser la Ley una norma de carácter general, debe velar porque a quienes cumplan con los requisitos previstos para acceder a la condonación, les sean tramitadas de manera ágil sus solicitudes.

A la fecha se han acogido al programa cerca de 27 mil contribuyentes, obteniendo poco más de 55 mil pagos con un importe superior a 11 mil mdp. De acuerdo con las Reglas emitidas, el Programa concluye el próximo 31 de mayo.

Por que me retienen dinero en mi nómina para el IMSS y que gano con ello?

Si recibes ingresos por sueldos y salarios, y te preguntas por que te descuentan en tu nómina una cantidad por concepto de seguridad social, déjame decirte que se trata de una cuota obrero patronal, lo cuál significa que tu patrón y tu aportan una cantidad para asegurarte en el IMSS.

Pero y para que sirve estar afiliado esta institución?

Bien pues el hecho de estar afiliado no solo te beneficia a ti, sino también a tu cónyuge y a tus hijos. Con lo cuál tienes entre otros los siguientes derechos:


Como asegurado:


  • Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.
  • Servicio de ortopedia, rehabilitación y aparatos de prótesis en caso de riesgos de trabajo.
  • Ayuda para matrimonio.
  • Pensión en caso de incapacidad permanente o parcial por riesgos de trabajo, invalidez, retiro o cesantía en edad avanzada y vejez.
  • Subsidios por riesgos de trabajo, enfermedad general y maternidad.
  • Servicio de guarderías para tus hijos, si eres madre asegurada o padre viudo o divorciado, con la custodia de tus hijos.

Como beneficiario legal:

(Cónyuge, concubina o concubinario del asegurado, hijos menores de 16 años ó de 25 si son estudiantes, hijos con alguna discapacidad o padres que vivan con el asegurado):
  • Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.
  • Servicio de atención médica especializada.
  • Pensión por viudez, orfandad o ascendencia.
  • Ayuda para gastos de funeral del asegurado o pensionado.

Como paciente:

  • Atención médica, adecuada y oportuna.
  • Información precisa, oportuna y verás sobre tu diagnóstico, pronóstico o tratamiento.
  • Aceptar o rechazar el tratamiento o procedimiento terapéutico que se te ofrezca.
  • La confidencialidad de la información que proporciones a tu médico.
  • Una segunda opinión sobre el diagnóstico.
  • Atención médica de urgencia.
  • Servicio de medicina preventiva.
  • Presentar tu queja o inconformidad en caso de existir alguna irregularidad en la atención recibida.

Como pensionado:

  • El pago de tu pensión conforme a la Ley del Seguro Social.
  • Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.
  • Servicio de atención médica especializada.
  • Terapia de rehabilitación.
  • Servicio de medicina preventiva.
Pues bien, ahora que ya conoces a donde se destina la retención que te hacen en tu nómina y para que sirve, puedes hacer uso de todos estos servicios que el gobierno federal te ofrece a través del IMSS, aprovéchalos, son tus derechos.

miércoles, 15 de mayo de 2013

La CIEC cambia de nombre, ahora se llama "Contraseña"

Lo que hasta ahora conocías como CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial) o CIECF (Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida) muda de nombre, ahora se llamará únicamente "Contraseña".

Y esto por que?


Bien pues con el propósito de simplificar términos en ocasiones desconocidos para muchos de los contribuyentes, el SAT decidió el día de hoy, cambiarle el nombre a la CIEC o CIECF, para llamarla "Contraseña" y pueda ser de mayor entendimiento entre el universo de contribuyentes que estamos inscritos al padrón.

Ahora cambiará el nombre a la FIEL? Ojala algún día logrará simplificar él procedimiento para determinar los impuestos, no creen?