martes, 6 de enero de 2015

Procedimientos para el adecuado envío de la informátiva sobre su situación fiscal a que se refiere el artículo 32-H del CFF

El envío de la presente informativa se deberá realizar a través de la página de Internet del SAT, a través de la herramienta denominada DISIF, para ello debes contar con tu FIEL vigente y seguir los siguientes pasos:

I. Obtendrán la herramienta para la presentación de la Declaración Informativa sobre Situación Fiscal
correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, en la página de Internet del SAT.

II. Una vez instalada la herramienta, capturarán los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los apartados correspondientes, generándose un archivo que presentarán vía Internet, para ello deberán identificar el formato que les corresponde, conforme a lo siguiente:

a) Personas morales en general, (incluyendo a las entidades paraestatales de la administración pública
federal y a cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a
cabo con residentes en el extranjero).
b) Instituciones de crédito (sector financiero).
c) Grupos financieros (sector financiero).
d) Casas de cambio (sector financiero).
e) Casas de bolsa (sector financiero).
f) Instituciones de seguros y fianzas (sector financiero).
g) Otros intermediarios financieros (sector financiero).
h) Sociedades de inversión (sector financiero).
i) Sociedades integradoras e integradas a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR.
j) Establecimientos permanentes de residentes en el extranjero.

III. La información que se presente deberá cumplir con lo dispuesto en los instructivos de integración y de características, y en los formatos guía, que se encuentran para su consulta en la página de Internet del SAT, de conformidad con el tipo de formato que corresponda.

IV. El archivo con la información se presentará a través de la página de Internet del SAT. El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano.

V. En las declaraciones complementarias que presenten los contribuyentes, se deberá indicar el número de operación asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa. Se llenará nuevamente la declaración con los datos correctos, así como los datos generales del declarante, siguiendo el procedimiento establecido en las fracciones I, II, III y IV de la presente regla.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario