El 30 de Abril es la fecha límite para que las Personas Físicas presenten su declaración anual y ya estamos a escasos días del vencimiento, debemos tener en cuenta que el hecho de no presentarla en tiempo y forma puede ser factor de una multa. Misma que de acuerdo al boletín SINDI emitido por el propio SAT la define de la siguiente manera:
"Multa: es una sanción económica prevista en ley, que impone la autoridad fiscal al contribuyente cuándo no cumple de manera voluntaria o espontánea con sus obligaciones fiscales o por cumplirlas incorrectamente"
Estas son las multas por incumplimiento de la Declaración Anual:
- De $1,100 a $13,720 por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
- De $1,100 a $27,440 por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
- De $11,240 a $22,500 por no presentar las declaraciones en medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlas fuera de los plazos señalados en los mismos.
Cabe señalar que al momento de hacerse acreedor de una multa y esta no se cubra dentro de los plazos señalados en las disposiciones fiscales, el monto de las mismas se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que este se efectúe, en términos del artículo 17-A del CFF.
Es importante destacar que si le resulta impuesto a cargo durante el ejercicio y presenta su declaración anual en tiempo y forma, tiene la facilidad de enterar dicho impuesto hasta en 6 parcialidades mensuales. Por el contrario si la presenta fuera de los plazos establecidos, deberá enterar el pago del impuesto en una sola exhibición más sus accesorios.
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